Modelos Trimestrales del Autónomo: Calendario Completo (2026)

Modelos Trimestrales del Autónomo: Calendario Completo (2026)

Modelo 303, 130, 111, 349… Te explicamos qué modelo presentar, cuándo y con qué plazos exactos en el calendario fiscal del autónomo 2026.


«¿Qué modelo tengo que presentar este trimestre?» es una de esas preguntas que todo autónomo se hace varias veces al año, normalmente unos días antes de que venza el plazo. Entre el 303, el 130, el 111, el 349 y sus respectivos resúmenes anuales, es fácil perder la cuenta de qué te toca a ti y cuándo exactamente.

Esta guía reúne el calendario fiscal completo del autónomo en 2026, con cada modelo explicado en una frase, las fechas exactas de cada trimestre, y el error de plazos que más autónomos cometen sin darse cuenta.

Qué modelos tienes que presentar según tu situación

No todos los autónomos presentan los mismos modelos. Depende de tu régimen fiscal y del tipo de operaciones que realizas.

Tabla: qué modelos te corresponden

Tu situaciónModelos que debes presentar
Autónomo estándar en estimación directaModelo 303 (IVA) + Modelo 130 (IRPF)
Autónomo en módulos (estimación objetiva)Modelo 303 (IVA) + Modelo 131 (IRPF)
Tienes empleados o facturas con retención de otros profesionales+ Modelo 111
Alquilas un local para tu actividad+ Modelo 115
Realizas operaciones con empresas de la Unión Europea+ Modelo 349
Facturas a clientes o proveedores por más de 3.005,06 € al año+ Modelo 347 (anual, informativo)
Estás en CanariasModelo 420 (IGIC) en lugar del 303

Si tienes dudas sobre cuáles te corresponden exactamente, consulta con tu gestoría, ya que depende de cómo esté dada de alta tu actividad y de las operaciones concretas que realices.

El calendario fiscal completo de 2026

Los modelos trimestrales se presentan, con carácter general, en los 20 primeros días naturales del mes siguiente al cierre de cada trimestre. La excepción es el cuarto trimestre, donde algunos modelos amplían el plazo hasta el 30 de enero, y otros no, como verás en el siguiente apartado.

Tabla: calendario fiscal 2026 por trimestre

TrimestreModelo 303 (IVA)Modelo 130/131 (IRPF)Modelo 349 (intracomunitarias)Modelo 111/115/123 (retenciones)
1T 2026 (ene-mar)1-20 abril1-20 abril1-20 abril1-20 abril
2T 2026 (abr-jun)1-20 julio1-20 julio1-20 julio1-20 julio
3T 2026 (jul-sep)1-20 octubre1-20 octubre1-20 octubre1-20 octubre
4T 2026 (oct-dic)1-30 enero 20271-30 enero 20271-30 enero 20271-20 enero 2027

Si el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo nacional, se prorroga automáticamente hasta el siguiente día hábil. La domiciliación bancaria suele cerrarse antes: normalmente el día 15 para plazos que vencen el día 20, y unos días antes del 30 de enero para el cuarto trimestre.

Los resúmenes anuales, aparte de los trimestrales

Además de las declaraciones trimestrales, hay modelos que se presentan una sola vez al año, normalmente en enero, recogiendo toda la información del ejercicio anterior:

  • Modelo 390: resumen anual de IVA, junto con el 4T (hasta el 30 de enero).
  • Modelo 190: resumen anual de las retenciones del modelo 111 (hasta finales de enero).
  • Modelo 180: resumen anual de las retenciones de alquileres del modelo 115.
  • Modelo 347: declaración informativa de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €, con plazo en febrero.
  • Modelo 100: la declaración de la Renta, con campaña entre abril y finales de junio.

El error más común: la trampa del cuarto trimestre

Aquí está el detalle que genera más confusiones y, con ello, más sanciones evitables: no todos los modelos amplían su plazo del cuarto trimestre hasta el 30 de enero.

  • Sí lo amplían: el Modelo 303 (IVA), el Modelo 130/131 (IRPF) y el Modelo 349 (operaciones intracomunitarias) tienen su cuarto trimestre extendido hasta el 30 de enero.
  • No lo amplían: el Modelo 111, el Modelo 115 y el Modelo 123 (todos ellos de retenciones) cierran su cuarto trimestre el 20 de enero, exactamente igual que cualquier otro trimestre del año.

Es habitual que un autónomo, acostumbrado a que el 303 y el 130 tengan margen hasta el 30 de enero, dé por hecho que el 111 tiene el mismo plazo, y se encuentre presentándolo tarde sin darse cuenta. Si tienes empleados o facturas con retención, márcate el 20 de enero como tu fecha límite real, no el 30.

Qué pasa si domicilias el pago en vez de presentar directamente

Domiciliar el pago (para que Hacienda cargue automáticamente el importe en tu cuenta) tiene un plazo distinto y más corto que la presentación ordinaria:

  • Para los plazos que vencen el día 20 (1T, 2T y 3T), la domiciliación suele cerrarse alrededor del día 15 del mismo mes.
  • Para el cuarto trimestre, cuyo plazo ordinario llega hasta el 30 de enero, la domiciliación suele cerrarse unos días antes, normalmente entre el 25 y el 27 de enero, dependiendo de si esas fechas caen en fin de semana.

Si sueles domiciliar tus pagos, ten en cuenta este margen adicional: presentar el día 19 pensando que aún puedes domiciliar puede dejarte sin esa opción y obligarte a hacer el ingreso manual antes de que venza el plazo.

Qué pasa si no presentas un modelo a tiempo

Presentar fuera de plazo, aunque sea unos días, activa recargos que crecen cuanto más tardes en regularizar: desde un pequeño recargo si lo presentas por tu cuenta antes de que Hacienda te requiera, hasta recargos de apremio bastante más caros si dejas que la Agencia Tributaria actúe primero. Puedes ver el desglose completo de estos recargos, con ejemplos numéricos, en nuestra guía de deudas con Hacienda paso a paso.

Un matiz importante: aunque el resultado de tu modelo 303 o 130 salga a cero o incluso a devolver, sigues obligado a presentarlo dentro de plazo. No presentar un modelo, aunque no tengas que pagar nada, también genera sanciones por incumplimiento formal.

Caso práctico: el calendario completo de un autónomo con retenciones y alquiler

Escenario: Marcos es autónomo en estimación directa, tiene un local alquilado para su actividad, y ocasionalmente recibe facturas con retención de otros profesionales colaboradores.

Sus modelos trimestrales:

  • Modelo 303 (IVA): presenta antes del 20 de abril, julio, octubre, y hasta el 30 de enero de 2027 para el 4T.
  • Modelo 130 (IRPF): mismos plazos que el 303.
  • Modelo 115 (retenciones del alquiler de su local): presenta antes del 20 de abril, julio, octubre, y antes del 20 de enero de 2027 para el 4T, sin la ampliación de la que sí disfrutan el 303 y el 130.

Sus modelos anuales:

  • Modelo 390 (resumen anual de IVA): junto con el 4T del 303, hasta el 30 de enero de 2027.
  • Modelo 180 (resumen anual de retenciones del alquiler): en enero, siguiendo el calendario de resúmenes anuales.
  • Modelo 100 (declaración de la Renta): entre abril y junio de 2027, con los datos del ejercicio 2026.

La lección para Marcos: si organiza su calendario pensando que todos sus modelos del 4T vencen el 30 de enero, se equivocará con el Modelo 115, que cierra 10 días antes. Un simple recordatorio separado para sus modelos de retenciones le evita ese error.

Errores comunes con el calendario fiscal

  • Confundir el plazo del 4T entre modelos. Como hemos visto, el 303/130/131/349 llegan hasta el 30 de enero, pero el 111/115/123 cierran el 20 de enero.
  • No presentar un modelo porque «sale a cero». La obligación de presentar es independiente del resultado; no presentar genera sanción aunque no haya nada que pagar.
  • Confiar en la domiciliación sin comprobar su plazo específico, que se cierra antes que la presentación ordinaria.
  • No revisar la documentación con antelación. Llegar al día 18 sin haber contabilizado las facturas del trimestre suele acabar en errores de cálculo por las prisas.
  • Olvidar los resúmenes anuales (390, 190, 180, 347), que no son trimestrales pero también tienen plazo fijo y sanción por incumplimiento.

Preguntas frecuentes

¿Qué modelo tengo que presentar si soy autónomo sin empleados ni local alquilado? Con carácter general, el Modelo 303 (IVA) y el Modelo 130 o 131 (IRPF, según tu régimen de estimación). Si además operas con clientes de la Unión Europea, también el Modelo 349.

¿Es verdad que el cuarto trimestre tiene más plazo que los demás? Solo para algunos modelos. El 303, el 130/131 y el 349 amplían su plazo del 4T hasta el 30 de enero. El 111, el 115 y el 123 mantienen el plazo habitual del 20 de enero.

¿Tengo que presentar el modelo 303 aunque no haya facturado nada ese trimestre? Sí. La obligación de presentación es independiente de si has facturado o no; si no presentas, puede generarse una sanción por incumplimiento formal aunque el resultado fuera a cero.

¿Qué pasa si dejo pasar la fecha de domiciliación pero todavía estoy dentro del plazo de presentación? Puedes seguir presentando el modelo, pero tendrás que hacer el ingreso de forma manual, ya que el plazo para que Hacienda cargue el importe automáticamente en tu cuenta ya habrá cerrado.

¿Dónde puedo consultar el calendario oficial actualizado? La Agencia Tributaria publica cada año el Calendario del Contribuyente en su sede electrónica, donde puedes confirmar cualquier fecha concreta y comprobar si ha habido alguna modificación respecto al calendario general.

En resumen

El calendario fiscal del autónomo tiene una lógica común (los 20 primeros días naturales del mes siguiente al trimestre) con una excepción importante que conviene memorizar: el 303, el 130/131 y el 349 amplían su cuarto trimestre hasta el 30 de enero, pero el 111, el 115 y el 123 no lo hacen. Tener claro qué modelos te corresponden y marcar bien cada fecha límite evita la mayoría de recargos evitables del año.

Si quieres entender en profundidad cómo se calcula lo que realmente pagas en cada uno de estos modelos, revisa nuestra guía de IRPF con ejemplos reales, y si trabajas con clientes de otros países, no dejes de consultar IVA con clientes extranjeros: cómo facturar correctamente para tener claro también el modelo 349.