Verifactu y Ley Crea y Crece confunden a la mayoría de autónomos. Te explicamos qué te obliga cada norma, cuándo y qué hacer ya en 2026.
Si has buscado algo sobre «factura electrónica obligatoria» últimamente, probablemente has terminado más confundido que al empezar. Hay dos normas distintas moviéndose en paralelo, con nombres que se mezclan constantemente —Verifactu, Ley Crea y Crece, SII, TicketBAI— y fechas que han cambiado varias veces en los últimos meses.
Vamos a poner orden. En esta guía vas a entender la diferencia real entre las dos normas que te pueden afectar, cuándo te toca a ti según tu situación, y qué puedes hacer ya mismo sin esperar a que todo esté cerrado al 100%, porque parte de esta normativa sigue evolucionando mientras escribimos esto.
Dos normas que se confunden constantemente
Antes de entrar en fechas, esto es lo primero que hay que separar bien:
- Verifactu regula el software con el que emites tus facturas: exige que tu programa de facturación garantice que cada factura queda registrada de forma inalterable, con un sello de tiempo encadenado y trazabilidad, para evitar el «doble juego de facturas» que ha sido históricamente una vía de fraude fiscal.
- La Ley Crea y Crece (factura electrónica B2B) regula el formato y el canal con el que envías tus facturas a otras empresas o autónomos: exige que dejen de circular en PDF o papel y pasen a un formato estructurado, con comunicación de si la factura ha sido aceptada, rechazada o pagada.
Son obligaciones independientes entre sí, aunque muchos proveedores de software ya ofrecen soluciones que cubren ambas a la vez. Puedes estar afectado por una, por la otra, por las dos, o —de momento— por ninguna, dependiendo de tu situación.
1. Verifactu: qué exige y cuándo te toca
Verifactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023, exige que los programas de facturación cumplan ciertos requisitos técnicos: generar un registro normalizado de cada factura, aplicarle un sello (hash encadenado) que impida modificarla sin dejar rastro, firmarla electrónicamente, y conservarla de forma inalterable y disponible para la Agencia Tributaria (o bien enviarla en tiempo real, en la modalidad Verifactu propiamente dicha, que es voluntaria dentro de la obligación general).
Fechas de exigibilidad:
- 1 de enero de 2026, para personas jurídicas (sociedades).
- 1 de julio de 2026, para personas físicas (autónomos) no acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).
Importante: en diciembre de 2025 se aprobó un Real Decreto que amplió los plazos para parte del colectivo hasta 2027, así que si tu actividad tiene alguna particularidad, conviene confirmar tu caso concreto con tu gestoría antes de dar por hecho la fecha exacta que te aplica.
¿Te afecta si facturas a mano o solo emites tickets? Si no utilizas un programa informático de facturación (por ejemplo, si generas tus facturas manualmente en un documento de texto), Verifactu, al regular el software, normalmente no te aplica de la misma forma. Pero en la práctica, casi cualquier autónomo que use un programa de facturación digital —que es la inmensa mayoría— sí está dentro del ámbito de esta obligación.
2. Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece): qué exige y cuándo te toca
Esta es la norma que genera más confusión, porque a fecha de esta guía, todavía no está activa. La Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) estableció en 2022 la obligación de facturación electrónica estructurada entre empresas y autónomos (B2B), pero su aplicación práctica está pendiente de que se publique el Real Decreto o la Orden Ministerial que desarrolla los aspectos técnicos: formatos admitidos, canales de intercambio y el sistema de reporte de estados.
Una vez se publique ese desarrollo normativo, el calendario previsto es:
- 12 meses para empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros.
- 24 meses para el resto de empresas y autónomos.
Qué exigirá en la práctica: las facturas entre empresas y autónomos deberán emitirse en formato estructurado (no un simple PDF), y el destinatario tendrá que comunicar en un plazo de 4 días si acepta o rechaza la factura, y posteriormente declarar el estado del pago. Esto, más allá de la obligación en sí, tiene una ventaja práctica real: facilita mucho el seguimiento de impagos, algo especialmente útil si te enfrentas a menudo a la morosidad de tus clientes.
Lo que NO cubre esta norma: las operaciones con consumidores finales (B2C) quedan fuera de esta obligación. Si tu actividad es principalmente con particulares, esta parte concreta de la normativa te afecta menos, aunque Verifactu sí puede aplicarte igualmente si usas software de facturación.
Sobre las fechas exactas: distintas fuentes especializadas manejan horizontes distintos para la entrada en vigor completa (algunas apuntan a finales de 2027, otras a 2028 para el colectivo de autónomos y pymes), precisamente porque el reglamento de desarrollo sigue pendiente de publicación. En una normativa que todavía no ha visto la luz de forma definitiva, cualquier fecha concreta que leas debe tomarse como orientativa hasta que se publique oficialmente en el BOE.
Tabla: Verifactu vs. Ley Crea y Crece, las diferencias clave
| Aspecto | Verifactu | Ley Crea y Crece (factura electrónica B2B) |
|---|---|---|
| Qué regula | Los requisitos técnicos del software de facturación | El formato y canal de las facturas entre empresas/autónomos |
| A quién afecta | Cualquiera que use un programa de facturación | Operaciones B2B (no afecta a ventas a particulares) |
| Estado a fecha de esta guía | Exigible por calendario (con prórrogas parciales a 2027) | Pendiente del reglamento de desarrollo, no activa todavía |
| Fecha para autónomos | 1 de julio de 2026 (salvo prórroga específica) | 24 meses desde la publicación del reglamento (fecha aún no fijada) |
| Sanción por incumplimiento | Prevista en la normativa de aplicación | Hasta 10.000 € por incumplimiento, según la Ley 18/2022 |
Normativa en desarrollo activo a fecha de esta guía. Verifica siempre el estado actualizado con tu gestoría o en la sede de la Agencia Tributaria antes de tomar decisiones definitivas sobre software o plazos.
Qué tienes que hacer ahora, aunque las fechas sigan moviéndose
Independientemente de cuándo se cierre definitivamente el calendario de la Ley Crea y Crece, hay pasos que tiene sentido dar ya:
- Si todavía facturas con plantillas de Word o Excel, es buen momento para migrar a un programa de facturación digital, porque previsiblemente vas a necesitarlo de todos modos.
- Si ya usas un programa de facturación, confirma con tu proveedor si ya cumple los requisitos de Verifactu o tiene previsto actualizarlo antes de julio de 2026.
- No compres dos soluciones distintas para Verifactu y para la factura electrónica B2B por separado. La mayoría de proveedores de software ya están integrando ambos cumplimientos en un único producto; comprar por separado suele significar pagar dos veces por lo mismo.
- Si necesitas financiación para digitalizar tu facturación, recuerda que el Kit Digital contempla explícitamente una categoría de «Facturación electrónica» dentro de su catálogo de soluciones subvencionables. Puedes ver cómo solicitarlo en nuestra guía de Kit Digital para autónomos.
Tabla: qué hacer según tu situación actual
| Tu situación | Qué hacer ahora |
|---|---|
| Facturas a mano o con plantillas de Word/Excel | Migrar a un programa de facturación digital cuanto antes |
| Ya usas un programa de facturación | Confirmar con tu proveedor que cumplirá Verifactu antes de julio de 2026 |
| Facturas sobre todo a particulares (B2C) | La Ley Crea y Crece no te afecta directamente, pero Verifactu sí si usas software |
| Facturas sobre todo a otras empresas o autónomos (B2B) | Prepárate para el formato estructurado cuando se publique el reglamento de desarrollo |
| Necesitas ayuda económica para digitalizar tu facturación | Revisar el Kit Digital, que cubre explícitamente esta categoría |
Sanciones por incumplimiento
La Ley 18/2022 prevé sanciones de hasta 10.000 euros para quienes, estando obligados a ofrecer facturación electrónica en sus relaciones B2B, no lo hagan una vez la norma esté plenamente en vigor. En el caso de Verifactu, el incumplimiento de los requisitos del software también lleva aparejadas sanciones específicas dentro de su normativa de aplicación.
En cualquier caso, mientras el reglamento de desarrollo de la factura electrónica B2B no esté publicado, no existe todavía una obligación exigible sobre la que se pueda sancionar; el riesgo real e inmediato en 2026 está más centrado en Verifactu, con fechas ya fijadas.
Caso práctico: cómo se prepara un autónomo real
Escenario: Rocío es autónoma, diseñadora gráfica, y factura tanto a particulares como a un par de agencias con las que colabora de forma habitual. Actualmente usa una plantilla de Excel para sus facturas.
Paso 1 — Verifactu: como va a necesitar un programa de facturación para cumplir con los requisitos técnicos exigibles a partir de julio de 2026, decide adelantarse y contratar un software homologado antes de esa fecha, evitando las prisas de última hora.
Paso 2 — Factura electrónica B2B: al facturar a las dos agencias con las que trabaja, revisa que el software elegido tenga previsto adaptarse también al formato estructurado de la Ley Crea y Crece cuando se publique el reglamento definitivo, para no tener que cambiar de herramienta más adelante.
Paso 3 — Financiación: aprovecha que todavía no ha usado su bono del Kit Digital y destina parte de él a la categoría de facturación electrónica, cubriendo así el coste del software sin tener que asumirlo íntegramente de su bolsillo.
Resultado: en lugar de esperar a última hora y verse obligada a elegir con prisa entre las opciones que queden disponibles, Rocío llega preparada a ambas obligaciones con una sola inversión, parcialmente financiada.
Errores comunes al abordar la factura electrónica obligatoria
- Confundir Verifactu con la factura electrónica B2B, y pensar que cumplir una te exime automáticamente de la otra.
- Esperar a que «se aclare todo» antes de moverte. Verifactu ya tiene fechas fijadas para 2026; esperar a última hora puede dejarte sin margen de adaptación.
- Contratar dos soluciones de software distintas para cada normativa, cuando la mayoría de proveedores ya ofrecen ambas integradas.
- Dar por buena una fecha concreta sin contrastarla, especialmente para la factura electrónica B2B, cuyo calendario definitivo sigue pendiente del reglamento de desarrollo.
- No revisar si el Kit Digital puede financiar parte de esta adaptación, perdiendo la oportunidad de cubrir el coste con una ayuda que no hay que devolver.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo? No. Verifactu regula los requisitos técnicos del software de facturación y ya tiene fechas fijadas para 2026. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece regula el formato de las facturas entre empresas y todavía está pendiente del reglamento de desarrollo.
¿Desde cuándo tengo que cumplir Verifactu como autónomo? Con carácter general, desde el 1 de julio de 2026, aunque un Real Decreto de diciembre de 2025 amplió los plazos para parte del colectivo hasta 2027. Conviene confirmar tu caso concreto con tu gestoría.
¿Me afecta la factura electrónica obligatoria si solo facturo a particulares? La Ley Crea y Crece se centra en operaciones B2B (entre empresas y autónomos), por lo que las ventas a consumidores finales quedan fuera de esa obligación concreta. Aun así, Verifactu puede aplicarte igualmente si usas un programa de facturación.
¿Qué pasa si no cumplo con estas obligaciones? La Ley 18/2022 prevé sanciones de hasta 10.000 € por incumplimiento de la obligación de facturación electrónica B2B una vez esté plenamente en vigor. Verifactu tiene su propio régimen sancionador dentro de su normativa de aplicación.
¿Puedo pedir ayuda para financiar el cambio de software? Sí. El Kit Digital incluye explícitamente la categoría de facturación electrónica dentro de su catálogo de soluciones subvencionables, con un bono de hasta 2.000 € para autónomos sin empleados.
En resumen
Verifactu y la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece son dos normas distintas que conviene no confundir: la primera regula tu software y ya tiene fecha fija para julio de 2026, la segunda regula el formato de tus facturas entre empresas y todavía está pendiente de desarrollo reglamentario. Lo más inteligente es no esperar a que todo esté cerrado al 100% para actuar: elegir un software que cubra ambas obligaciones a la vez te ahorra tiempo, dinero y sustos de última hora.
Si quieres tener una visión completa de toda tu fiscalidad como autónomo, no solo de esta obligación concreta, revisa nuestra sección de impuestos para autónomos, donde encontrarás el resto de guías sobre IRPF, IVA y optimización fiscal legal.

